En una serie de medidas que buscan garantizar el derecho fundamental de los menores a recibir sustento, la jueza Paola Bernardini, titular del Juzgado Multifueros de El Bolsón, ha implementado resoluciones disruptivas para obligar a los padres morosos a cumplir con sus obligaciones alimentarias. La medida más reciente, ordenada a principios de septiembre, consiste en la suspensión de las cuentas en plataformas digitales de un padre que adeuda una suma cercana a los 4 millones de pesos en concepto de cuota alimentaria.
En diálogo con Radio La Red, la magistrada explicó el razonamiento detrás de estas decisiones, subrayando que el objetivo primordial es lograr que los progenitores aporten el sustento necesario para sus hijos. Según detalló Bernardini, su enfoque se basa en analizar la situación particular de cada deudor para aplicar la restricción más efectiva. "Veo en cada caso qué es lo que más le duele para compeler al cumplimiento", afirmó la jueza, dejando claro que busca impactar en los hábitos o intereses del adulto para forzar la regularización de la deuda.
A pesar de que el bloqueo de plataformas digitales pueda resultar sorprendente, la jueza aclaró que no se trata de una práctica aislada en su juzgado. Bernardini ya ha aplicado medidas similares en causas anteriores donde se presentaron situaciones análogas de incumplimiento. Por ejemplo, a fines de julio, la magistrada prohibió a otro deudor alimentario participar en actividades deportivas dentro del club al que pertenecía, ordenó su desafiliación e, incluso, le prohibió salir a bailar.
La jueza enfatizó que estas resoluciones no se toman de manera ligera ni impulsiva. Para llegar a tales instancias, existe un proceso previo que incluye la convocatoria a audiencias y la posibilidad de formular acuerdos. Sin embargo, en el caso del padre que adeuda 4 millones de pesos, Bernardini señaló que hubo "reiterados incumplimientos" y que el hombre no solo ignoró los acuerdos previos, sino que tampoco se presentó ante la ejecución judicial.
Uno de los factores determinantes para recurrir a estas medidas es la realidad socioeconómica de El Bolsón. La magistrada expuso que en la localidad existe una escasa cantidad de trabajo registrado, lo que genera una complicación jurídica y administrativa para ejecutar embargos sobre los salarios de los deudores. Ante la imposibilidad de embargar un sueldo o bienes materiales, Bernardini recurre a otros recursos legales que están habilitados por el Código Civil y Comercial para asegurar que el niño, niña o adolescente reciba lo que le corresponde.
Como prueba de la eficacia de este método, la jueza recordó el caso del padre al que se le prohibió jugar en la liga de fútbol local. Según relató, la restricción dio resultados inmediatos, ya que el hombre se presentó en el juzgado, celebró un acuerdo y procedió a pagar los alimentos que debía.
No obstante, la jueza pidió "no generalizar" y advirtió que cada situación debe analizarse de forma individual, reconociendo que no todos los padres actúan con mala fe. Bernardini distinguió entre aquellos que realmente no poseen los medios económicos y aquellos que simplemente deciden no colaborar. Explicó que existen formas alternativas de cumplir con las obligaciones alimentarias; por ejemplo, cuando un padre no tiene un sueldo suficiente pero compensa esa carencia dedicando más tiempo al niño, ocupándose de llevarlo y traerlo, o proveyendo la merienda y la cena.
La razonabilidad es otro pilar fundamental en sus decisiones. La magistrada aclaró que no aplicará restricciones que afecten la fuente de trabajo del deudor. "Si el hombre con el auto está trabajando o si es Uber, no le voy a retener la licencia de conducir", precisó, reiterando que la sanción debe ser proporcional y dirigida a lo que realmente "duela" al responsable sin anular su capacidad de generar ingresos.
Respecto al caso específico de la deuda de 4 millones de pesos, la jueza sostuvo que se estaba vulnerando un derecho humano esencial: el derecho a los alimentos. En el marco del proceso judicial, la madre logró acreditar la necesidad urgente de esos fondos. Bernardini remarcó que la voluntad de pago es un factor clave, señalando que si el demandado se hubiera presentado para proponer un plan de cuotas, la perspectiva de la medida sería distinta.
Finalmente, sobre la resolución del 9 de septiembre, la magistrada indicó que, aunque es muy reciente para evaluar el impacto total, algunas de las plataformas digitales ya han respondido al pedido judicial y han cumplido con la orden de suspender las cuentas del padre, reafirmando la viabilidad de estas medidas en la era digital.


